Con la firma de Fernando Tanarro, fiscal de Estado en representación de la Provincia, y el patrocinio letrado de Graciana Peñafort, se concretó el pedido de una medida cautelar para frenar la aplicación del DNU 756/2018 que derogó el Fondo Federal Solidario y declarar dicho decreto inconstitucional.
El fiscal de Estado santacruceño, Fernando Tanarro, concretó ayer, en un extenso escrito de 64 páginas al que tuvo acceso La Opinión Austral, ante la Corte Suprema de Justicia, la presentación de una “formal Acción de Amparo” contra el Poder Ejecutivo Nacional, tendiente a declarar inconstitucional el decreto 756/2018 que elimina el Fondo Federal Solidario (Fondo Soja).
En su presentación, el fiscal asegura que la Nación tuvo “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta” al dictar el decreto, y se pide la nulidad de la norma por “vicios que impiden su subsistencia”.
En los antecedentes se recuerda que el Fondo Federal Solidario se creó por decreto 206/2009 también bajo un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el que fuera aprobado por resolución 167/2009 del Congreso de la Nación, otorgándole el status de ley.
Respecto del nuevo DNU que deroga el anterior, (756/2018), en la presentación se plantea que el mismo “es nulo de nulidad absoluta y manifiesta a tenor del art. 14 de la Ley de Procedimiento Administrativo 19459” además de violentar “lo establecido en el art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional”.
Afirman que los antecedentes utilizados para dictar el decreto “son falsos” ya que “se recurre a supuestas diferentes medidas adoptadas” que habrían “modificado el esquema de distribución de los recursos fiscales en beneficio de las provincias” algo que, afirman, “es falso”.
Citan el Consenso Fiscal firmado el 16 de noviembre de 2017 en el que se acordaron nuevas pautas tributarias, en el que figura el esquema de reparto del Fondo Federal Solidario, sólo entre las provincias que adhiriesen al Consenso, algo que hizo Santa Cruz.
También apuntan a la utilización del mecanismo de DNU con el Congreso en funcionamiento, y que la derogación de este Fondo no puede ser “unilateral” por haber sido parte del “federalismo de concertación”.
En el escrito se niega además de que existan razones de “urgencia” para plantar el decreto ni “circunstancias excepcionales”.
Cabe recordar que el Fondo Soja, representaba el 30 por ciento de los montos recaudados en concepto de derechos de exportación de las exportaciones de granos de soja y el 27 por ciento de harinas y aceites de soja, que se giraba a las provincias según los índices de la coparticipación. Y en Santa Cruz, el 30% de lo percibido se coparticipaba, a su vez, a los Municipios.
El mayor problema, según las quejas que surgieron inmediatamente desde las provincias y municipios, es que ese dinero se utiliza para ejecutar obra pública, que quedaría paralizada sin los fondos.
Por lo que el petitorio realizado a la Corte solicita que “se habilite feria y días y horas inhábiles, a fin de decretar la admisibilidad del amparo y la medida cautelar solicitada”.
Esta cautelar implica la suspensión inmediata del DNU y la restitución del Fondo Federal Solidario, entendiendo que una demora en la resolución del Amparo impactará de inmediato en las economías regionales.
(iF)La Opinion Austral