sábado , 27 mayo 2023

Hay impedimentos para retener vehículos de Prosegur cuando los choferes cometen infracciones?

La Pampa.- Habitualmente  somos testigos de la innumerables infracciones de tránsito que comete la empresa de transporte de caudales Prosegur. En un importante número las mismas son sancionadas a través de actas que confeccionan los inspectores municipales.
A través de distintas consultas se ha podido establecer que las mismas son abonadas una vez que la comuna realiza las intimaciones pero los choferes continúan transgrediendo las normas. En diálogo con el titular del Tribunal de Faltas,  confirmó que las multas se le imputan a la empresa porque los conductores nunca aceptan identificarse ni entregar la documentación.

Están quienes sostienen, a veces con razón, que por el hecho de pagar las multas por contar con poderío económico pueden seguir cometiendo infracciones, en cambio cualquier otro conductor si no abona la infracción al momento de renovar la licencia se encuentra que la misma no se le otorga o se lo hace por un tiempo menor al estipulado porque adeuda multas. El doctor Carlos Iglesias señaló que “es cierto que pagan las multas y siguen llegando infracciones de esa empresa. Es un problema que tenemos desde hace largo tiempo. Nosotros notificamos al lugar donde están asentados los vehículos, algunos son de la ciudad y otros de Capital Federal. Algunas las abonan, otras quedan como reincidentes pero esperan un tiempo y las terminan pagando cuando se los intima”.

Los camiones de caudales explicó que “yo actúo a partir de una infracción. En estos casos de Prosegur habría que retener los vehículos e identificar a las personas que manejan los mismos. Para saber si tienen carnet y cuentan con la documentación requerida para circular. Es una cuestión de la que ya he hablado con los inspectores. No tengo idea de quién es el chofer, acá las infracciones se le hacen a la empresa porque quienes conducen tienen orden de no bajarse ni de emitir opinión o ni responder a requerimientos de los inspectores”.

-¿Quiere decir que no habría impedimentos legales para retener un vehículo de esa empresa si comete faltas de tránsito y no responde a los inspectores?

-Claro que sí. Obviamente que se generaría un conflicto mayor, pero nosotros nunca hemos podido identificar a un chofer, no sabemos si tiene carnet profesional, si cuentan con la documentación vehicular para circular por las calles de la ciudad.

-¿Hay alguna disposición nacional que impida la retención de las unidades de la transportadora de caudales?

-No, ellos se rigen por las disposiciones del Banco Central pero para el funcionamiento administrativo. Para nosotros está la Ley Nacional de Tránsito y es la que vale.

-Existe un convenio entre el municipio y la Policía  para colaborar en el control del tránsito y hasta labrar actas. ¿La policía puede retener un camión de caudales si el chofer no responde a los requerimientos por una infracción?

-Por supuesto. Puede accionar como lo hace ante cualquier automovilista. Una infracción por estacionar en doble fila no origina que se le tenga que retener el vehículo, solo se lo hace si no presenta la documentación que exige para circular o se niega a exhibirla. Si ocurre eso la policía puede retener el rodado hasta tanto nosotros constatemos que tiene carnet habilitante, cédula verde, seguro y otra documentación exigible. No tienen ninguna excepción ni privilegios, lo único que le piden a la Municipalidad y se cumple, es en cuanto a las paradas que deben tener frente a los bancos porque el chofer del camión tiene que tener visible el ingreso a lo cajeros automáticos. (La Refeorma)

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