jueves , 1 junio 2023

Declararon “proyecto crítico” la obra de las represas

La medida, publicada ayer en el Boletín Oficial, permitirá que la UTE quede exenta del pago del derecho de importación y tasas. Así, según indica la resolución, “la modificación de la carga tributaria impactará en forma directa en los precios cotizados en su oferta por los bienes que resulten objeto del beneficio”.

 

A fines de la semana pasada, la embarcación china “Da Xiang” arribó al puerto de Punta Quilla con 109 contenedores con perforadoras, excavadoras oruga, cucharas hidráulicas, plantas de lodos, plantas de bentonita, grúas y compresores, entre otros elementos, para la construcción de las represas sobre el río Santa Cruz.

Ayer, mediante la Resolución 42/2018 del Ministerio de Energía, se denominó “proyecto crítico en los términos del artículo 34 de la Ley N° 26.422, a los aprovechamientos hidroeléctricos del río Santa Cruz Cóndor Cliff – La Barrancosa”, que lleva adelante la Unión Transitoria de Empresas Represas Patagonia, conformada por China Gezhouba, Electroingeniería e Hidrocuyo.

Esta declaración fue solicitada por la UTE. La normativa habilita la eximición “del pago del derecho de importación y de las tasas de estadística y comprobación a la importación para consumo de las mercaderías nuevas y no producidas en el país, destinadas a obras de infraestructura cuyo objeto constituya: a) La generación, el transporte y la distribución de energía eléctrica; b) La prospección, exploración, producción y explotación de gas y petróleo; c) La constitución de nuevas refinerías de petróleo y ampliación de las existentes; d) El transporte, almacenaje y/o distribución de hidrocarburos”.

Esa ley también indica que “a los efectos de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, las obras de infraestructura deberán ser declaradas como Proyecto Crítico (…). Las mercaderías a importar deberán ser parte constitutiva imprescindible de las obras a las que se afecten, a cuyos efectos el mencionado organismo dictará las normas respectivas”.

En la resolución

La disposición publicada ayer en el Boletín Oficial sostiene que dicha nomenclatura implicará que “las cargas tributarias e impositivas, así como las tasas aduaneras y demás cargos a las importaciones, se hallan incorporadas en los precios presupuestados por la contratista y aprobados por el Estado nacional en su condición de comitente”.

En los considerandos de la medida, se señala que “toda vez que la modificación de la carga tributaria que se obtendrá con la declaración de Proyecto Crítico impactará en forma directa en los precios cotizados en su oferta por los bienes que resulten objeto del beneficio, la contratista propone reformular tales precios, reduciendo su valor en la medida de la disminución de los costos directos y financieros, lo que deberá ser aprobado por el comitente”.

La decisión llega en medio del proceso de compra de materiales y equipamiento que lleva adelante la empresa. Sin ir más lejos, en los próximos días se conocerán las ofertas para la compra de torres de iluminación, equipos de movimiento de suelo e isotanques. También, en pocos días, se abrirán los concursos para adquirir equipos de calentamiento, instrumentos de medición, malacates, y prensas hidráulicas. Y, posteriormente, es el turno de empresas interesadas en la provisión de un galpón de industria para taller electromecánico y fábrica de tubería de presión.

Antecedente en la provincia

Ya en 2007 se había declarado proyecto crítico a la central térmica de Río Turbio, teniendo en cuenta que “consiste básicamente en una Central Termoeléctrica a carbón en boca de mina, compuesta por dos módulos de generación del orden de 120 megavatios cada uno, sistema de aero-refrigeración, calderas con tecnología de lecho fluidizado y conexión al Sistema de Interconexión Nacional en 220 kilovatios”, según la resolución emitida por la entonces Secretaría de Energía de la Nación.

Allí se establecía que “los bienes susceptibles de ser importados al amparo de dicho régimen deben ser nuevos, formar parte exclusivamente de una línea de producción completa y autónoma a ser instalada por la solicitante dentro del ámbito donde funciona la empresa, y ser imprescindibles para la realización del proceso productivo objeto de la petición”.

 

 

 

 

 

(iF)La Opinión Austral

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