ESTE ES EL PROCEDIMIENTO DE VOTACION
1. Ubique la mesa en la que le corresponde votar.
2. Presente su documento cívico (LC, LE, DNI) al presidente de mesa y recibirá un sobre vacío.
3. Ingrese sin compañía al cuarto oscuro.
4. Elija su opción electoral e introdúzcala en el sobre que le fue entregado. Respete a los demás electores, utilizando el menor tiempo posible.
5. Deposite el sobre en la urna dejando ver que es el mismo que le fue entregado.
6. Firma el padrón.
7. Se le otorgará un troquel con un código de barras, prueba de que cumplió con su deber cívico.
Después de las elecciones cada juzgado electoral escanea el codigo de los troqueles que quedarón en el padrón y sanciona a los infractores.
CUANDO ESTAS EN EL CUARTO OSCURO
En el cuarto oscuro se encontrarán las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia. Cada agrupación política mantendrá el color de la boleta que haya usado en las elecciones primarias.
En cada categoría, cada elector podrá votar por una sola candidatura o lista de candidatos de su preferencia. A diferencia de las primarias, en las elecciones nacionales el votante podrá elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos UNICAMENTE entre partidos y alianzas diferentes. Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, ÚNICAMENTE entre partidos y alianzas diferentes.
CUANDO UN VOTO SE CONSIDERA NULO?
Un voto es considerado nulo cuando:
» Cuando se emite con se emite con una boleta no oficializada.
» Cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas, o se hayan incluido objetos extraños (monedas, estampitas, etc.).
» Cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo el caso de tachaduras de precandidatos, agregados o sustituciones, que se considera voto válido.
» Cuando se han incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos.
» Cuando se han incluido boletas de distintas listas de una misma agrupación política para una misma categoría de cargos.
» Cuando se emite boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga por lo menos sin rotura o tachadura el nombre y el número de la agrupación política, la letra de la lista y la categoría a elegir.